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Febrero 10, 2008

Histórico logro de U.M.I - Argentina/Música en vivo

Publicado por bairesnopara en ACTUALIDAD por FGaimaro, MUSICA

FALLO A FAVOR DE LA MUSICA EN VIVO
HISTORICO LOGRO DE U.M.I.

La Unión de Músicos Independientes Asociación Civil (UMI.) ha obtenido una sentencia histórica e inédita que reformulará la relación que se establece entre el ámbito Cultural y el Poder Legislativo – Ejecutivo.

 Con fecha 1 de Febrero  de 2008, el Tribunal Superior  de Justicia emitió la sentencia definitiva en el  juicio que había iniciado la UNION DE MUSICOS
 INDEPENDIENTES ASOCIACION CIVIL (UMI) en el 2007 contra El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA):

 

EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA RESUELVE:

Hacer lugar parcialmente a la acción deducida y declarar la inconstitucionalidad
del segmento del artículo 15 de la ordenanza nº 24.654 que expresa “hasta un
máximo de 5 artistas”; del segmento del art. 1, inciso e, 1, de la resolución n°
10/05 SSCC, que expresa “naturaleza y descripción del espectáculo; número de
personas que ejecutarán el espectáculo; nombre de la banda o persona que
ejecuta el espectáculo”; y del segmento del artículo 2, apartado a) del Anexo I de
la resolución 878-MGGC/06, que impone como contenido de la solicitud del
permiso especial “el cronograma anual que incluirá fechas de realización y
horarios de inicio y finalización de la actividad propuesta”.

El fallo declaró la inconstitucionalidad de 3 normas  que avasallaban los  derechos de los músicos:

1– El segmento del artículo 15 de la Ordenanza Nº  24.654 que expresaba que en un local solo podía  haber  “hasta un máximo de 5 artistas”;

2 - El segmento del art. 1, inciso e, 1, de la  resolución N° 10/05 SSCC, que expresaba que podía  solicitarse a los músicos que iban a tocar “naturaleza
 y descripción del espectáculo; número de personas que  ejecutarán el  espectáculo; nombre de la banda o persona que ejecuta  el espectáculo”, no pudiendo contarse con un  reemplazante; y

3 - El segmento del artículo 2, apartado a) del Anexo I  de la Resolución Nº 878-MGGC/06, que imponía a los teatros,  clubes barriales, asociaciones de fomento,
 etc.    la solicitud de un  permiso especial para hacer música en vivo que incluya   “un  cronograma anual que detalle  todas las actuaciones a realizarse
con descripción de horarios  de inicio y  finalización de la actividad propuesta” .  Es así que se ha logrado vencer el principal obstáculo para que los espacios citados puedan desarrollar la actividad de música en vivo.

A partir de ahora las normas citadas resultan   inconstitucionales,   careciendo de ejecutoriedad.

 Este fallo resulta un hecho histórico porque:
 - Es muy reducido el número de demandas que solicitan
 la inconstitucionalidad de normas y que prosperan,

- Una organización de músicos fue tenida en cuenta como parte
 legítima para representar al sector,  e iniciar una  acción de este tipo,

- Es un paso adelante en los derechos de los músicos  para mejorar las
condiciones en las que se desarrolla  la actividad musical, y

- Resulta un freno al avasallamiento que puede
 realizar una legislación  absurda sobre la cultura y el arte.

- Esta sentencia fue dictada por el Tribunal Superior de
 Justicia de la  Ciudad Autónoma de Buenos Aires y resulta el último
 recurso constitucional para obtener una declaración de  inconstitucionalidad.

 Si bién el planteo, de que no se requiera un permiso  especial para el desarrollo de la música en vivo, no  fué admitido, se logró establecer un claro punto de
 inflexión en la normativa que regula la música en  vivo, abriendo las puertas para otros pedidos de  inconstitucionalidad, que serán presentados en el
 corriente año.

El objetivo principal de la acción se cumplió con  creces: Mejorar el bajo punto de equilibrio en el que  cayó la actividad luego de la tragedia de Cromañon.

Información en detalle:
 
 El avasallante cerco que se creó alrededor de la  música en vivo junto con las numerosas e  indiscriminadas  clausuras de locales donde se desarrollaba la misma
 tiene como consecuencias catastróficas: la  postergación de la cultura (escuchar  música resulta ahora un privilegio, pocos lugares,  entradas caras, poca
 variedad de artistas) y el perjuicio en nuestra  calidad de músicos  trabajadores que sufrimos en nuestro derecho  constitucional de trabajar libremente.
 Conforme este panorama, la UMI envió una  carta-documento (CD 806936919)  al Sr. Jefe de Gobierno, en aquel momento Jorge  Telerman, intimándolo para
 que en el plazo de diez días hábiles instrumente y  ponga en funcionamiento  las medidas necesarias a fin de garantizar el  ejercicio del derecho  constitucional de trabajar. La carta-documento fue recibida en mesa de  entrada de la Jefatura de Gobierno el 4 de Octubre de  2006.
Ante la falta de respuesta la UMI convocó a 2  reuniones de músicos en  la puerta de la Jefatura de Gobierno (Av. de Mayo  555) el 31 de Octubre y el 27 de Noviembre, ambas de  2006.  Pero esto  tampoco generó en el gobierno de  turno ningún cambio ante la legislación vigente y  continuó la persecución que seguían sufriendo los  espacios.
 Entonces, en un hecho sin precedentes, la UNION DE  MUSICOS  INDEPENDIENTES  ASOCIACION CIVIL (UMI) inició una acción judicial,  siendo la primera
 asociación de músicos en el país en demandar al  Gobierno de la Ciudad  Autónoma de Buenos Aires.  La demanda fue presentada el 15 de febrero de 2007
 ante el Tribunal  Superior de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (máxima  autoridad  judicial  en el ámbito de la Ciudad) y tenía como objeto  declarar la
 inconstitucionalidad del artículo 4.7.2.1. del Código  de Edificación, la Resolución Nº 878/06 del Jefe de  Gobierno, la Ordenanza Nº 24.654, el  Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1/05, y el Decreto  de Necesidad y Urgencia Nº 2/05.  Se creó así el  Expediente Nº 5167/07 “Unión de  Músicos Independientes Asociación Civil c/ GCBA s/  Acción Declarativa de  Inconstitucionalidad”.
Resultó un pedido de fondo. Se requería que los  músicos no necesitáramos de un permiso, habilitación o  autorización especial o particular que nos  habilite a trabajar ejecutando música en vivo. Todo  ello a fin de respetar los principios de igualdad, de  razonabilidad que deben imperar en las  reglamentaciones de los derechos y garantías de las  personas, así como las cláusulas constitucionales de  progreso y desarrollo económico, también  los derechos de propiedad intelectual de los autores  e intérpretes toda vez que afecta su derecho moral de  poner en conocimiento del público su obra  al limitar discriminatoriamente los espacios de
difusión, y el derecho a trabajar que tenemos los  músicos como ciudadanos, atento que para que  podamos trabajar en un espacio se requiere de un  permiso distinto del que  permite al lugar funcionar como tal.
Posteriormente, el 18 de abril de 2007, el Tribunal  por 3 votos a favor  sobre 5, admitió la demanda, o sea, se consideró que   lo cuestionado era  materia de debate. No es menor mencionar que muy pocas  acciones son  admitidas, y la iniciada por la UMI pudo reunir los  requisitos exigidos:
 El Tribunal consideró que la UMI estaba legitimada  para interponer la  acción de inconstitucionalidad, que el Tribunal era  competente atento  que  las normas citadas eran atacadas por razones de índole  constitucional local y nacional y de derecho  internacional de los derechos humanos, y que  la demanda estaba fundamentada correctamente.   Seguidamente, se corrió traslado de la demanda al  Gobierno de la Ciudad  Autónoma de Buenos Aires, quien contestó vencido el
 plazo, por lo tanto se desestimó dicha presentación.
 El 12 de septiembre de 2007 se realizó la audiencia  pública en la cual  tanto la UMI, como el GCBA y el Ministerio Fiscal  expusieron sus  fundamentos.  En la misma, el presidente de la UMI,  Diego Boris expresó: “No podemos aceptar que se  instale el concepto que la música en  vivo es peligrosa para la sociedad. Luego de la
 tragedia de Cromañón, todos comprendimos la locura que  significaba encender una bengala en un lugar cerrado,  lo peligroso de una mala señalización, lo  perverso de  una puerta de emergencia cerrada.  Pero el Gobierno de  la Ciudad legisló con el criterio de que el peligro es  la actividad y no las condiciones en las que  se desarrolla”.  Acto seguido Boris  empuñó una  guitarra y tocó una  canción llamada “Cuando el amor no se pone de  acuerdoy luego   manifestó “Si esta actividad la hubiese desarrollado en el café de la  esquina, ese lugar podría ser multado o clausurado.  ¿Alguien de esta  sala  se sintió intimidado o inseguro, se alteró el orden o  la seguridad?, creo que no”, señaló el músico.

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UNION DE MUSICOS INDEPENDIENTES

Enero 29, 2008

Verano 2008 -G.Roude y buenos motivos para seguir festejando

Publicado por bairesnopara en MUSICA, Por Fabiana Gaimaro

Guillermo Roude

….tiene muchos motivos para seguir “Festejando”
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Fue elegido entre más de 750 temas  

El tema “Festejar”, de Guillermo Roude, representará a la Argentina en el Festival Internacional “Viña del Mar 2008″

La Comisión de Promoción del 49º Festival Internacional de la Canción de Viña del Mar –uno de los más prestigiosos del mundo en su género- ha seleccionado la canción del compositor y cantante marplatense Guillermo Roude para representar a la Argentina. Figura entre los diez temas del género internacional del citado festival a realizarse en febrero del 2008.

el sábado 9 de febrero se presentará junto a Alejandro Lerner en el Festival de las Artesanías de Colón, en la provincia de Entre Ríos,
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el domingo 10 el Mega Festival del Cumpleaños de la Ciudad de Mar del Plata, a realizarse sobre un gran escenario que se montará en la popular playa Bristol del balneario

Nombramientos y reconocimientos a su carrera y calidad artística en su ciudad natal, invitaciones a importantes y masivos festivales y la salida del segundo corte de adelanto de su nuevo disco (nada menos que “Piu Avanti” su dueto con León Gieco), y una versión en inglés de su tema “Festejar” son sólo algunas de las razones que el talentoso cantautor marplatense tiene para seguir celebrando el impresionante subidón que está teniendo su carrera.
El segundo corte del próximo disco “Festejar” es un excelente y emocionante dueto junto a León Gieco: se trata de “Piu Avanti” la musicalización y adaptación del popular poema de Almafuerte que Guillermo ha hecho propio en una versión antológica. “Cantar con León ha sido uno de esos premios que te da la vida”, comentaría Roude en un programa radiofónico en el mes de enero, “todavía no me lo creo del todo!!”.Las novedades, todas buenas por cierto, no dejan de acumularse en la vida artística de Roude: a su ya publicitada presencia en el Festival de Viña del Mar (donde su tema “Festejar” representará a la Argentina) se le han sumado dos importantes invitaciones más para su gira de febrero de 2008: el día 9 se presentará junto a Alejandro Lerner en el Festival de las Artesanías de Colón, en la provincia de Entre Ríos, y el 10 es uno de los artistas invitados para el Mega Festival del Cumpleaños de la Ciudad de Mar del Plata, a realizarse sobre un gran escenario que se montará en la popular playa Bristol del balneario. Precisamente en la ciudad de Mar del Plata (cuyo otro fundamental referente musical propio no es otro que el genial Astor Piazzolla) Guillermo ha tenido la gran satisfacción y honor de ser nombrado como “Embajador Turístico” de la ciudad en mérito a su trayectoria y por ser representante de la Argentina en importantes enclaves musicales internacionales. Y como si todo esto fuera poco, el tema “Festejar” está siendo adaptado al inglés por Mark Millan (artista que represento a Estados Unidos en el Festival de Viña del 2004) en una versión que sorprenderá y expandirá su llegada al público de habla sajona.

Guillermo Roude comenzó su carrera discográfica en 1985 y hasta el momento lleva 6 discos editados. Se encuentra dándole los últimos toques de producción a su séptimo trabajo discográfico, “Festejar”, producido nada menos que por Oscar Mediavilla, que cuenta con invitados de lujo como León Gieco, Rubén Goldin y Patricia Sosa. El disco es una celebración de sus afectos, tanto los familiares como los culturales y geográficos.
Su sitio web es www.guillermoroude.com